¿Verdadero o falso?

¿Verdadero o falso? Casarte con un español te da la nacionalidad

Alianza dorada sobre una tela blanca
Imagen de ilustración

Falso. El matrimonio con una persona española no te convierte en español de forma automática. Lo que hace es reducir de diez a un año la residencia legal que te piden para solicitar la nacionalidad. Y además tienes que pedirla, aprobar los exámenes y esperar la resolución.

Es una de las ideas que más circulan: «te casas y ya eres español». Tiene una parte de verdad, porque el matrimonio es uno de los atajos más importantes que prevé la ley, pero el atajo no se salta ninguno de los pasos. Lo que cambia es el tiempo de espera.

Lo que dice el Código Civil

La regla general es clara: para la nacionalidad por residencia se piden diez años de residencia en España (cinco para los refugiados y dos para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y para los sefardíes). El artículo 22 del Código Civil reduce ese plazo a un año en varios casos, y uno de ellos es el de quien, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con una persona española y no esté separado legalmente o de hecho.

Eso significa que necesitas cumplir dos condiciones a la vez. La primera, llevar un año casado cuando presentas la solicitud. La segunda, haber vivido en España un año de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, como exige el mismo artículo para todos los casos. El tiempo sin autorización de residencia no cuenta. Hay una sola excepción: se considera que reside legalmente en España el cónyuge que convive con un funcionario diplomático o consular español destinado en el extranjero.

La ley también prevé el plazo de un año para el viudo o la viuda de una persona española, si en el momento del fallecimiento no existía separación legal o de hecho.

Primero, la residencia

Si todavía no tienes papeles, el matrimonio con una persona española te abre otra puerta antes de la nacionalidad: la autorización de residencia de familiar de persona española, que se pide con el formulario EX-24, es gratuita y dura cinco años. Con ella empiezas a sumar residencia legal. Te lo explicamos en la guía de residencia para familiares de españoles y de ciudadanos de la UE.

¿Y las parejas de hecho? Para la residencia, la normativa sí las tiene en cuenta, con condiciones. Para el plazo de un año de la nacionalidad, en cambio, el artículo 22 habla de estar casado: la pareja de hecho no aparece en ese supuesto.

El resto de requisitos no cambia

Casado o no, tienes que demostrar buena conducta cívica y un suficiente grado de integración en la sociedad española. En la práctica, eso supone aprobar el CCSE y el DELE A2 del Instituto Cervantes; los nacionales de países donde el español es idioma oficial están exentos del DELE, pero no del CCSE. Tienes las fechas en nuestro calendario de exámenes CCSE y DELE 2027.

La solicitud se presenta por internet en la sede del Ministerio de Justicia y la tasa es de 104,05 €. Además de los documentos de siempre, tendrás que aportar los que prueban tu caso, como el certificado de matrimonio y el de nacimiento de tu cónyuge. El Ministerio tiene un año para resolver y, si no contesta, la solicitud se entiende denegada. Si te la conceden, tienes 180 días para la jura o promesa; pasado ese plazo, la concesión caduca. Todo el proceso, paso a paso, está en la guía de requisitos de la nacionalidad por residencia.

Cuidado con los matrimonios de conveniencia

Casarse solo para conseguir papeles no es un atajo, es un riesgo. La Ley de Extranjería considera infracción grave contraer matrimonio o simular una relación afectiva análoga con ánimo de lucro o con el propósito de obtener indebidamente un derecho de residencia, siempre que no constituya delito. Las infracciones graves se sancionan con multas de 501 a 10.000 euros. Desconfía de quien te ofrezca un matrimonio a cambio de dinero: pones en juego tu dinero, tu expediente y tu futuro en España.

Si tienes dudas sobre tu caso, las asociaciones y los servicios públicos te orientan gratis en Alicante, Elche, Torrevieja, Benidorm, Orihuela, Valencia, Gandia, Sagunto y Castellón. Si prefieres un profesional, tienes abogados especializados en nuestro directorio.

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos años de matrimonio necesito para la nacionalidad?

Un año de matrimonio en el momento de la solicitud, sin separación legal o de hecho, y además un año de residencia legal y continuada en España justo antes de pedirla.

¿Me sirve estar casado si vivo sin papeles?

No para la nacionalidad: el año de residencia tiene que ser legal. Primero tendrías que conseguir la autorización de residencia de familiar de persona española.

¿Tengo que hacer el DELE y el CCSE aunque esté casado con un español?

Sí. El matrimonio reduce el tiempo de residencia, no los demás requisitos. Los hispanohablantes están exentos del DELE, pero no del CCSE.

¿Y si soy pareja de hecho?

El supuesto de un año del artículo 22 del Código Civil se refiere al matrimonio. La pareja de hecho sí cuenta para pedir la residencia de familiar, con condiciones.

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